Alegoría de La Justicia
Cuando este
Cronista Oficial asumió su cargo en abril de 2005, elegido por unanimidad del
cabildo, juró ser un “cronista de todos los torreonenses”. Esto implica igual
trato y consideración para cualquier minoría, sin hacer acepción de personas.
De esta manera, a través de innumerables artículos de investigación, de
conferencias y de entrevistas a nivel nacional (entre ellas la televisiva de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación), este cronista denunció la histórica
discriminación anti-china en La Laguna.
La Real Academia Española de la Lengua
define la discriminación como un acto de selección excluyente. Es decir, dar
trato desigual a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos,
políticos, de sexo, etc.
En este caso
histórico, los chinos laguneros de 1911 fueron seleccionados para ser excluidos
del respeto que se le debe a todo ciudadano nacional o extranjero, para así ser
masacrados, torturados, despojados de sus bienes y de toda dignidad.
Otro caso de
discriminación fue el de los llamados “emos”. A principios de 2008, los jóvenes
laguneros fueron convocados, vía internet, para propinar golpizas a los “emos”
que circularan por la ciudad, tal como había sucedido ya en Puebla, Querétaro y
Durango. Afortunadamente, los jóvenes comarcanos se comportaron a la altura y
desoyeron los llamados a la violencia.
En estos meses recientes, nos
encontramos ante una creciente ola de discriminación concertada a nivel
nacional que va dirigida contra quienes poseen una orientación sexual diferente
a la heterosexual. Y lo increíble del asunto es que son organizaciones
presuntamente católicas las que están promoviendo el odio a través de dicha
discriminación.
Según la ley, estos frentes beligerantes poseen el derecho a
manifestarse en favor de una familia heterosexual como heterosexuales que son.
Pero no tienen derecho alguno a manifestarse en contra de los derechos de terceros. Bien lo decía Juárez: “el respeto al derecho ajeno es la paz”.
En un
Estado laico como es México, es privilegio y obligación de los pastores de las
iglesias, cualquiera que sea su denominación, aconsejar y prevenir sobre el
tipo de matrimonio que conviene al feligrés de dicha iglesia.
Lo que no pueden
hacer ni las iglesias como organizaciones, ni sus feligreses, es salir a las
calles para exigir que el Estado legisle sobre materia del estado civil para
todos los ciudadanos conforme a sus propios prejuicios, creencias e ideologías,
ni las de sus pastores. Al César lo que es del César, y a Dios lo que es de
Dios.
Las palabras de
Gilberto Rincón Gallardo sobre este tema son esclarecedoras:
“Sólo en el
contexto de un sistema político que ha hecho de la igualdad de los seres
humanos un derecho inalienable y un valor regulativo, cobran pleno sentido
cuestiones como si es justo o deseable favorecer a ciertos grupos cuyos
derechos y oportunidades han sido históricamente vulnerados por el prejuicio,
el estigma y la exclusión, o cuál es la responsabilidad del Estado respecto al
trato que cotidianamente padecen mujeres, minorías religiosas, personas con
discapacidad o con preferencias sexuales distintas a la de la mayoría, adultos
mayores, grupos étnicos, migrantes, niños, niñas y adolescentes, a causa de
tales prácticas discriminatorias”.
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