Escudo de Torreón

Escudo de Torreón

lunes, octubre 08, 2012

El Congreso Mexicano reconoció la obra de Iturbide



¿Un funeral de Estado para el "odioso" Agustín de Iturbide? 
26 de octubre de 1838



Las universidades estadounidenses de Michigan y de Cornell guardan un impresionante número de testimonios impresos relacionados con la historia de México, desde la época de su independencia hasta principios del siglo XX. Cuentan con secciones de bibliografía, hemerografía y panfletos o impresos. 

Precisamente de entre los últimos reproduzco aquí un texto publicado en California, Estados Unidos, el 25 de septiembre de 1860.  El texto es una traducción mía del inglés, idioma en que se encuentra impreso el original. 

El nombre del autor no se consigna, pero sabemos se trataba de una especie de cronista que comentaba por sistema las decisiones de la corte de Distrito de San Francisco. Era bastante conocido y leído, y era sin duda alguna una persona bien informada de los eventos políticos mexicanos de la primera mitad del siglo XIX y con bastante conocimiento del Derecho y de los procedimientos legales de la Unión Americana. 

El autor se convierte en un denunciante de lo que considera una enorme injusticia. Las autoridades judiciales de California no quieren reconocer la enorme concesión de tierras con que el gobierno mexicano premió a Agustín de Iturbide antes y después de su muerte. Sus sucesores reclamaban en 1860 nada menos que un cuadrado de terrenos 20 x 20 leguas, 400 leguas cuadradas en total, que el gobierno mexicano primero otorgó en Texas y luego en California, antes de la guerra de agresión de 1847 y la celebración del Tratado Guadalupe-Hidalgo. 

El autor nos pone en antecedentes de que en un momento de pánico, el poder legislativo mexicano decretó la muerte de Iturbide. Pero que una vez muerto, trató a su memoria y a su familia como el héroe que era, y mantuvo la concesión a sus sucesores mediante la promulgación de diferentes leyes. 

El gobierno de California, para evitar la concesión legítimamente otorgada por los poderes públicos mexicanos, argumentaba que Iturbide había sido un tirano, y que cualquier concesión a él o a su familia era una mentira “monstruosa”. 

Pensemos en el valor que tenían 400 leguas cuadradas en el estado de la Unión en el que poco antes había estallado la “fiebre del oro” y en el poder que se le otorgaría a un posible pretendiente a la Corona de México. Éste es el contexto histórico en el cual insertamos el texto de la Universidad de Michigan. 

“San Francisco. 25 de septiembre de 1860.” “Tras la muerte de su marido, y tras la culminación de las calamidades de su familia, madame Iturbide se refugió en los Estados Unidos estableciendo su residencia en Filadelfia. Sus hijos fueron educados ahí, y ahí reside ella todavía; y ninguna familia ha recibido más consideración y universal respeto. 

En México, el nombre de Iturbide goza de aprecio entusiasta. El mismo congreso que fue la causa de su abdicación y exilio, votó para otorgarle una pensión vitalicia de veinticinco mil dólares anuales, y dieciocho mil dólares en perpetuidad a su familia. El mismo congreso que, anticipando su regreso al país votó en un momento de pánico su muerte, lo acompañó con todos los honores posibles, a su sepultura. En 1822 el congreso votó una concesión de veinte leguas en cuadro para Iturbide, y un reconocimiento de deuda por un millón de dólares, en consideración a sus servicios y sacrificios. Esta ley fue reconocida y reafirmada en 1835 y en muchas otras subsecuentes, tanto legislativas como administrativas. En 1838, tras dieciséis años de la penosa tragedia de su muerte, se acordaron nuevos reconocimientos a sus servicios y nuevos honores a su memoria. Traduzco el decreto del congreso general:

1. El Gobierno decreta que los restos del héroe de Iguala, don Agustín de Iturbide, sean trasladados a la capital de la República el 27 de septiembre próximo, en el aniversario de su entrada a ella, fecha en la cual consumó la independencia del país. 

2. Asimismo ordena que se tomen las adecuadas medidas para que dichos restos sean depositados en la catedral de México, lugar destinado para sus héroes. (Recopilación de leyes de Arillaga para 1838, p. 232). 

En consecuencia con el decreto del congreso, el gobierno ejecutivo tomó las medidas pertinentes para la celebración de un desfile luctuoso de primer orden, cívico, militar y popular. (Ibíd., p. 395)

No está por demás decir que los hijos de Iturbide han sido constantemente preferidos a los más altos cargos durante las diversas fases del gobierno de su país. 

Estos hechos son todos históricos, como también lo son los datos sobre la concesión de tierras contenidos en el expediente del caso hecho por la Comisión y la Corte de Distrito. 

Pero dice el Procurador General que “la Corte de Distrito rehusó creer esta historia monstruosa” (la de la concesión de las tierras) y que “la Suprema Corte confirma esta decisión”. Aquí debo hacer una pausa. Estas falsificaciones hechas a la vista de tanta evidencia casi universalmente accesible, son difícilmente reconciliables con un estado de mente sano o responsable por parte de quien las sostiene. 

Por esta razón, no puedo sino citar a la misma Suprema Corte para que hable de los hechos. Cito del volumen 22 de Howard´s Reports. p. 291:

“Mr. Justice Mc Lean llevó la opinión de la Corte. Esta es una apelación de la Corte de Distrito de los Estados Unidos, para el Distrito Norte de California. El 25 de febrero de 1822, el Supremo Gobierno de México hizo una concesión de un cuadro de 20 leguas en cuadro de tierras, equivalentes a 400 leguas cuadradas que estarían situadas en Texas, al Presidente (sic) Iturbide “en recompensa de su alto  mérito al haber logrado la independencia de su nación”. “En 1835, el Congreso Mexicano autorizó a sus herederos a ubicar sus tierras en Nuevo México, o en la Alta o Baja California. El 20 de febrero de 1841, el Presidente decretó que deberían estar ubicadas en la Alta California, y el 5 de junio el Presidente ordenó al gobernador de California para que asignara las tierras elegidas por Salvador de Iturbide, uno de los herederos, para perfeccionar la concesión, y la orden fue debidamente recibida por Pío Pico, pero cuando Salvador estaba cerca de Mazatlán, en ruta para la California para deslindar y tomar posesión de las tierras, encontró que el puerto estaba en rebeldía y tuvo que regresar a México”. 

“Los demandantes no continuaron con los procedimientos sino hasta que finalizó la guerra con los Estados Unidos, y de que el Congreso había pasado leyes para llevar a efecto las estipulaciones de los tratados. Entonces procedieron a seleccionar las tierras de acuerdo al trazo descrito en el mapa, y presentaron sus peticiones a la Junta de Comisionados, solicitando la confirmación de la concesión. La Junta rechazó la petición sobre la base de que las tierras ya habían sido señaladas antes del cambio de gobiernos”. “Se apeló a la Corte de Distrito bajo la ley de 1852, pero el consejo de apelantes, detenido en casa a causa de enfermedad, no archivó el aviso que la ley ordenaba fuera dado en el curso de los siguientes seis meses.”

“La opinión sugiere mostrar que la Corte de Distrito debe reconocer el fallo de la Suprema Corte como obligatorio, y que la apelación no puede ser retrasada por solicitud del debido aviso. La Suprema Corte, después de revisar el fallo, lo encontró “mandatorio” e incompatible con el ejercicio de cualquier otro criterio.”"

Hasta aquí llegan las consideraciones del autor en torno al despojo de que estaba siendo objeto la familia Iturbide. Por lo que se refiere al decreto del funeral de Estado para Iturbide, con tratamiento de héroe, se muestran abajo las páginas y textos de dichos decretos. Imágenes